La denominación única y oficial de la Organización, incluida su traducción a los idiomas y lenguas que acordare la Junta Directiva, será la de Parlamento Latinoamericano y Caribeño, cuyo uso general, en toda comunicación, documento, impreso, publicación y manifestación audiovisual, será de cumplimiento obligatorio por parte de los órganos de la Entidad. Para estos efectos se establecerá el respectivo registro de marca.
La bandera del Parlamento Latinoamericano y Caribeño será un campo rectangular de color azul celeste (#d5def0 – información de color del codigo), en cuyo centro se ubicará la figura de un globo terráqueo blanco con un mapa verde (#009336 – información de color del codigo) de América Latina y el Caribe, con ramas verdes de laurel que semirrodearán, desde abajo hacia arriba, la figura del globo. La Secretaría General se encargará de conservar el original, difundir su uso y reproducir dicho pabellón o estandarte, sobre la base de su versión oficial.
El escudo, escudete o insignia del Parlamento Latinoamericano y Caribeño será la figura del globo terráqueo con el mapa de América Latina y el Caribe en su centro. Ramas de laurel semirrodearán la figura del globo, de abajo hacia arriba, sostenidos ambos elementos por una franja rectangular semiserpenteada en sus bordes, conteniendo la leyenda PARLAMENTO LATINOAMERICANO Y CARIBEÑO. El globo será de color azul celeste, la franja de color rojo y, tanto las ramas de laurel como el mapa de América Latina y el Caribe y las letras de la leyenda, serán de color amarillo oro. La Secretaría General se encargará de conservar el original, difundir su uso y reproducirlos en su versión oficial.
El membrete oficial de uso corriente en toda comunicación, documento, impreso, publicación y manifestación audiovisual de cualquier órgano del Parlamento Latinoamericano y Caribeño, así como de las delegaciones o grupos parlamentarios nacionales miembros, estará formada por el logotipo cuya imagen representa una abstracción del globo terráqueo con la superposición del mapa de la región, acompañado de la leyenda PARLAMENTO LATINOAMERICANO Y CARIBEÑO, como se explica en el correspondiente Manual de Identidad Gráfica del Organismo.
El uso del nombre o símbolos del PARLATINO, por parte de terceras personas, naturales o jurídicas, sólo podrá ser autorizado por la Presidencia en consulta con la Secretaría General.
Otras Informaciones
Documentos
- Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano – Versión Ingles – Versión Portugues
- Expresion de apoyo de los Presidentes de las Repúblicas de América Latina a la Institucionalización del Parlamento Latino-Americano
- Estatuto del Parlamento Latinoamericano
- Reglamento del Parlamento Latinoamericano
- Reglamento del Personal del Parlamento Latinoamericano
- Código de Conducta del Parlamento Latinoamericano
- Reglamento de Compras y Contrataciones del Parlamento Latinoamericano
- Manual Orgánico del Parlamento Latinoamericano
- Lineamientos Metodológicos Para la Realización de Estudios de Armonización Legislativa
- Procedimiento para Aprobación de Leyes Marco