La Asamblea

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La Asamblea 2024-08-19T17:44:01+00:00
La Asamblea del Parlatino

La  Asamblea es  el  máximo  órgano  representativo  y deliberativo del Parlamento Latinoamericano y Caribeño y se integra con las delegaciones nacionales acreditadas.

La Asamblea se reunirá de manera ordinaria una vez al año en  la  Sede  Permanente  y  de  manera  extraordinaria  por  acuerdo  de  al menos la mitad más uno de quienes integran la Junta Directiva, debiendo señalar lugar y fecha de la reunión y remitir el orden del día respectivo.

Las  delegaciones  nacionales  a  la  Asamblea  estarán compuestas por un número máximo de doce integrantes con derecho a voto,individual  e  intransferible, únicamente  cuando  estén  presentes

Estas  delegaciones  representarán  proporcionalmente  a  los  partidos políticos o grupos parlamentarios actuantes en el seno de sus respectivos Congresos.  En  lo  posible  debe  haber  una  representación  de  género paritaria y participación de jóvenes parlamentarios.

Si alguna delegación estuviera constituida por un número inferior a doce, sus integrantes podrán acumular hasta un máximo de cuatro votos cada quien, sin exceder el límite estipulado. En el Reglamento se determinará la forma de acreditación de los poderes de acumulación.

La  Asamblea  para  sesionar  válidamente,  requiere  de  la asistencia  de  más  de  la  mitad  de  los  Parlamentos  miembros.  Además, quienes  los  representen  deben  corresponder,  como  mínimo,  a  la  mitad más uno del total de los votos acreditados.

La  votación  será  pública,  delegación  por  delegación,  en estricto orden alfabético, o como se disponga previamente, por votación mayoritaria, en la propia Asamblea. Eneste caso, el Reglamento señalara los  tiempos  del  debate  y  se  asentará  en  las  actas  de  la  sesión correspondiente los resultados de la votación emitida.

Los proyectos de acuerdos, recomendaciones, resoluciones y proyectos  de  leyes  modelo  que se  sometan  a  consideración  de  la Asamblea, deberán corresponder a los temas de la agenda aprobada por la Junta Directiva.

Son facultades exclusivas de la Asamblea:

a) Definir  los  lineamientos  generales  y  estrategias  del  Parlamento Latinoamericano y Caribeño, con la formulación de políticas, orientación y control de los demás órganos que lo componen, determinando sus planes, programas  y  evaluar  el  cumplimiento  de  sus  mandatos,  así  como proponer y aprobar planes y programas y disponer su ejecución;

b) Resolver,  por  las  dos  terceras  partes  de  los  votos  presentes,  las solicitudes  de  admisión  o  ingreso  de  parlamentos  nacionales  al Parlamento  Latinoamericano,  que  le  hayan  sido  sometidas  para  su consideración y resolución por medio de la Junta Directiva;

c) Resolver,  por  las  dos  terceras  partes  de  los  votos  presentes,  las solicitudes que le haga llegar la Junta Directiva, referentes a la suspensión de un parlamento miembro, diferente a lo previsto en el ordinal d) del artículo 22 de este Estatuto;

d) Elegir  por  mayoría  simple  a  las  personas  integrantes  de  la  Mesa Directiva;

e) Resolver,  por  las  dos  terceras  partes  de  los  votos  presentes,  a solicitud de por lo menos cinco parlamentos miembros, lo referente a la destitución de los miembros que integran la Mesa Directiva;

f) Aprobar, por mayoría simple de los votos presentes, las cuotas con que los Parlamentos nacionales deben contribuir al funcionamiento del Parlamento  Latinoamericano  y  Caribeño;  las  cuales  deberán  de  ser revisadas y ajustadas, si es el caso, cada 5 años;

g) Discutir y aprobar, por mayoría simple de los votos, el proyecto de presupuesto del Parlamento Latinoamericano y Caribeño, estimado para el período que se indica, propuesto por la Junta Directiva e igualmente el informe de cuentas correspondiente al ejercicio presupuestal anterior;

h) Resolver la reforma de este Estatuto por las dos terceras partes de los votos presentes;

i) Elegir, por mayoría simple a los miembros del Consejo Consultivo;

j) Delegar algunas  de  sus  funciones  en  la  Junta Directiva,  ad-referéndum de la próxima Asamblea;

k) Aprobar prioridades de trabajo a propuesta de la Junta Directiva;

l) Conocer  y  aprobar  en  forma  de  acuerdos,  recomendaciones  o resoluciones,  según  el  caso,  cualquier  asunto,  moción  o  proyecto  que tenga  relación  con  los  principios  y  propósitos  del  Parlamento Latinoamericano  y  Caribeño.  Sobre otros  asuntos  se  pronunciará  por medio de declaraciones. Para que un acuerdo, recomendación, resolución, proyecto  de  Ley  modelo  o  declaración  se  considere  aprobado  deberá contar  con  el  apoyo  de  la  mayoría  simple  de  votos  a favor  de  los presentes;

m) Podrá acordar la inclusión de nuevos temas con los dos tercios de los votos presentes. Los temas deberán de ser inscritos en el apartado de Asuntos Generales de la Asamblea;

n) Otras que le sean conferidas explícitamente en ese Estatuto;

Ver más del funcionamiento de la Asamblea a partir del articulo 22 en el reglamento del PARLATINO